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  los inicios del tráfico 1934: el código la Constitución y la Ley de Seguridad Vial  
  La creación de la DGT: la ley de 1959  
 

La ley de 30 de julio de 1959, Ley 47/59 sobre regulación de la competencia en materia de tráfico, supone la creación de la Dirección General de Tráfico y de nuevo una importante reasignación de competencias en dicha materia. En su artículo 3, la ley atribuye al Ministerio de la Gobernación distintas competencias mediante los servicios y mandos de las Direcciones Generales de Seguridad y Guardia Civil y de los Gobiernos Civiles, constituyéndose, como órgano de dirección inmediata, ordenación y coordinación, la Jefatura Central de Tráfico.

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Por ello, desde 1959 hasta hoy, la Guardia Civil desempeña la vigilancia del tráfico, declarándose a extinguir la especialidad de Policía de Tráfico, cuyo personal pasaría a prestar los servicios propios del cuerpo de Policía Armada. De hecho, y una vez publicada la Constitución de 1978, la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, dispone en su artículo 12 que serán ejercidas por la Guardia Civil “la vigilancia del tráfico, tránsito y transporte en las vías públicas interurbanas”. La norma del 59 sería objeto de un importante desarrollo reglamentario.

... las Jefaturas Provinciales

Para llevar a cabo la gestión administrativa del sistema se estableció un organigrama de administración periférica mediante la creación de las Jefaturas Provinciales de Tráfico. Hoy, las Jefaturas Provinciales siguen siendo un elemento fundamental del engranaje, y para acercar la Administración a los ciudadanos, se han creado algunas Jefaturas y Oficinas de Tráfico Locales.

... el aumento del parque de automóviles
Indudablemente, el fenómeno del tráfico debía sufrir una profunda reestructuración en los años siguientes habida cuenta del aumento experimentado por el parque de automóviles. Al igual que había sucedido en Estados Unidos y en gran parte de Europa, ni la gestión, ni la red de carreteras podía absorber semejante incremento. Se pasó de 150.000 vehículos en 1950 a casi 2.000.000 millones en 1964, de ellos 464.000 turismos de 1960 a 1964, debido entre otros factores a la política del Gobierno de favorecer la industria nacional del automóvil y camiones. Obviamente, el lado más negativo de este “desarrollismo” español lo constituyó el incremento paralelo del número de accidentes. Al retraso en el desarrollo de la red de carreteras, al exceso de vehículos y su menor desarrollo tecnológico en materia de seguridad, a la necesidad de modernizar y mantener los firmes, trazados y anchura de las carreteras y por supuesto al factor humano, cabe achacar que sólo en 1964 el número de accidentes ascendiera a 61.276.

Así, la Ley de 30 de julio de 1959 supuso un verdadero hito, aunando pasado y presente de un fenómeno tan complejo como el tráfico que, desde su aparición, no ha hecho más que crecer y poner de manifiesto el amplio conjunto de materias en las que influye de forma directa o tangencial, y sobre el que a su vez inciden tantas otras cuestiones.


 

 

 

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