Por ello, desde 1959
hasta hoy, la Guardia Civil desempeña la vigilancia
del tráfico, declarándose a extinguir la especialidad
de Policía de Tráfico, cuyo personal pasaría
a prestar los servicios propios del cuerpo de Policía
Armada. De hecho, y una vez publicada la Constitución
de 1978, la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, dispone en su artículo
12 que serán ejercidas por la Guardia Civil “la
vigilancia del tráfico, tránsito y transporte
en las vías públicas interurbanas”. La
norma del 59 sería objeto de un importante desarrollo
reglamentario. |